Objetos perdidos

 Creación de una página web.

Pérdida de objetos y recuperación

1º. Proceso:

El que pierde pone el anuncio, detalla la pérdida con alguna reserva de datos, para que así le confirmen el que lo ha encontrado- Dice la cantidad de recompensa.

El que la encuentra, la identifica en la página web.

Telefonea a la OFICINA, identifica los objetos detallados y confirma los detalles  que ha reservado el dueño, y acepta la recompensa.

Las transacciones se hacen en la oficina, firman el conforme los dos interesados, se devuelve el objeto y se paga la recompensa.

Queda archivado.

Problema “que sirva para intensificar los robos”

 

2º. Evaluación de la rentabilidad de crear las páginas web y montar el negocio.

Suma de todos los objetos perdidos por una persona a lo largo de su vida.

Dos personas Elia y yo

Precios actualizados

Año 72 maleta con libros robada del coche, me dejaron abandonada en el portal de una dirección que venia en la agenda..................................2.000€

Año 80 maleta que me deje al coger un autobús al volver de Canarias, devuelta por pura casualidad …………………………………………………………………..2.300€.

Año 1992, robo en el aeropuerto de las joyas que mi mujer llevaba en la maleta al salir de Cuba…………………………………………………………..4.000€

Año 2005 al bajar de un taxi, el taxista sacó  todas las maletas menos un ordenador, mientras mi mujer hablaba con el botones del Hotel y se fue rápidamente, localizado por la factura no quiso aceptar que se lo había llevado, valor de la pérdida, tenía datos que costó mucho recuperar……5.000€.

Año 2023 al coger el coche estaba lloviendo y entre la silla de mi mujer  y el paraguas, nos dejamos la maleta. al volver a recogerla nadie sabía nada. valor ……………………………………………………………2000€ Año 2024.Audifono mío perdido al quitarme las gafas………………………………………………………..…2.200€

Suma total entre dos personas a lo largo de su vida

..............................................................17.200€. Luego para una persona se podia considerar la mitad 8.600€, a lo largo de 60 años, luego en un año 143,33€.

Estimamos que en España con sus 48 millones de habitantes habrá unas 6.000.000 personas que como media pierdan lo mismo que yo, luego las pérdidas en españa pueden evaluarse con un poco de aproximación a 143,33€ x 6.000.000 de personas lo que da un producto de 860.000.000€, considerando que se puede pedir un 1% de los valores de los productos anunciados ( o bien encontrados) se obtendría una cifra de 8.500.000€ al año, considerando que hay unas seis provincias que acaparan la mitad de la población tendríamos un negocio de unos 4.250.000€, suficiente negocio para mantener seis oficinas y una gestión .

 

3º.Consideraciones lo normal es cubrir los siguientes casos:

Maletas

Perros

Joyas

Teléfonos

Audífonos.

 

4º Por qué se me ocurrió:

Al perder la última maleta estoy convencido que el que se la llevó, no sacó más de 200€, sin embargo, el perjuicio que me hizo se puede valorar en más de 2.000€.

Llamé a Objetos perdidos del ayuntamiento que solo me dijeron que allí no la habían devuelto.

Al perderla junto a la puerta del Corte Ingles pregunte a la oficina de objetos perdidos de la entidad, se tomaron más molestias me pidieron el teléfono y que si aparecía me llamarían, cosa que no hizo el ayuntamiento.

Llame a la oficina de taxis ya que la perdí cerca de la parada, nada.

Llame al Heraldo de Aragón, solo lo podían poner en la prensa escrita, no en la digital, acepté y quise que pusieran la recompensa que ofrecía, me dijeron que no.

Solo me quedaba hacer como cuando pierden un perro, poner una fotografía en las farolas, pero no tenía foto.

Si el que se la llevó hubiera sabido de ia existencia de  de una página Web hubiera llamado por que sabría  sabría   que podría obtener 300€ sin ningún tipo de problema y por que yo era el que ofrecía la recompensa habría devuelto la maleta y con la conciencia tranquila, cosa importante.

Cuando una cosa te sale mal te enfadas y buscas cómo remediarlo, eso me ha pasado a mí, la solución es una oficina de objetos perdidos en una página Web; para confirmar la necesidad acabo de perder un audífono por valor de 2.200€  difícil que lo encuentre.

 

Consideraciones.

Habría que tener en cuenta los aspectos legales y contactar con funcionarios expertos  que lleven en los ayuntamientos oficinas de objetos perdidos, en los aeropuertos, en Renfe.

5º mejorar la evaluación del negocio preguntando a los amigos cuantos objetos han perdido a lo largo de su vida y valoración,  incluso (una vez asegurado por una patente o propiedad intelectual) hacer unas encuestas sobre pérdida de objetos.

Consideración especial merecen los Audífonos, normalmente los que aparecen son los devueltos a una empresa de audífonos , esta los envía  a la que los ha suministrado y con el número de serie localizan al propietario, pero otra vez tenemos el mismo caso por lo general no se devuelven por que no conocen esta particularidad y no esperan recompensa.

Conclusiones .

El estado, las comunidades autónomas o los ayuntamientos no se meterán en un servicio que les pueda servir de foco de problemas y de ocasión de corrupciones, por lo que debería ser una empresa privada la que haga posible el negocio.

Se podría dejar que tanto el perdedor como el que encuentra el objeto, se pongan en contacto ellos, habría que decidirlo con sus pros y contras.

Sería necesario invertir bastante dinero en propaganda para dar a conocer este servicio entre la población  por todos los  medios a nuestro alcance.

Sería muy conveniente comprobar en otros países si existe algún servicio parecido, tanto en sus dos vertientes , aprender o crear franquicias.

Si existen posibilidades de negocio, lo primero sería patentar el proyecto, o la propiedad intelectual.

 Jose Duaso, tf 609461554.



Hola.

 

La peculiaridad es que esto ya está previsto en los artículos 615 y 616 en el Código Civil desde hace más de 100 años, aunque en la práctica no se aplica.

 

Según el Código Civil, si alguien encuentra algo lo tiene que llevar a la oficina del Ayuntamiento, y si aparece el dueño antes de que pasen dos años, el dueño tiene que darle un premio a quien lo encontró del 5%. Eso en teoría, porque en la práctica no se aplica ese premio. El premio sería legalmente reclamable, pero no resulta fácil ni práctico reclamarlo salvo que estemos hablando de cosas de mucho valor, por lo que casi nunca se reclama, ni los Ayuntamientos tienen establecido un procedimiento claro y fácil para reclamar el premio.

 

Adicionalmente, según el Código Civil, pasados dos años el Ayuntamiento entregará en propiedad el objeto encontrado a quien lo encontró si no aparece el dueño. Esta parte sí se está cumpliendo en la mayoría de los Ayuntamientos.

 

Y respecto de los animales, el artículo 611 del Código Civil establece la obligación de devolución y su procedimiento.

 

El problema es más bien práctico. El artículo indica que si el valor de la cosa es inferior a 12 €, el premio es un 10%. Si en un montón de años no se ha actualizado este valor, con lo que a todo se le aplica el 5%, es porque no suele aplicarse. No hay verdadera cultura ni costumbre en la sociedad para devolver las cosas encontradas. Pero en todo caso, los competentes son los Ayuntamientos. Una entidad privada no puede suplir al Ayuntamiento en esto gestionando recompensas. Puede, porque así se acepta en la práctica, tener la cosa encontrada un tiempo prudencial por si alguien acude al mismo sitio a reclamarlo, tal como hacen los centros comerciales, pero pasado unos pocos días lo llevan a la oficina del Ayuntamiento.

 

Además existe el problema de que no me parece legal retener el bien hasta que no se pague la recompensa. El bien ha de entregarse, sí o sí, a su dueño. Y luego, más tarde, reclamarle al dueño la recompensa. Son actos diferentes con consecuencias diferentes. Probablemente por este motivo sí he visto algunos casos de páginas web y sobre todo de redes sociales que sí publican anuncios de objetos perdidos, pero no juegan con las recompensas para evitar problemas legales.

 

Resumiendo: a pesar de ser interesante, hace más de cien años a los legisladores ya se les ocurrió y desde entonces no ha funcionado ni hay interés en que funcione, pese a lo cual la normativa impide a los particulares implementar a gran escala medios alternativos ya que eso sería contrario a la competencias de los Ayuntamientos en la materia. Por lo que no veo recorrido a la iniciativa.

 

 

Un saludo. APA

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